La CNV definió nuevo marco normativo para OPA y retiro de Oferta Pública

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Pretende corregir situaciones de conflicto que se dan en este tipo de operaciones y proteger los intereses económicos y financieros de los accionistas minoritarios, en particular con respecto a la moneda y forma de liquidación.

La CNV implementó una nueva normativa para el procedimiento de Oferta Públicas de Adquisición (OPA) y/o canje de valores negociables y para el retiro del Régimen de Oferta Pública, en el marco de la Ley de Financiamiento Productivo y luego de un proceso de consulta pública, .

La nueva reglamentación tiene por objeto modernizar y adaptar a las necesidades actuales dichos procesos, otorgando reglas claras y objetivas tendientes a garantizar la seguridad jurídica respecto a los principios de transparencia e igualdad de trato. A su vez se pretende corregir situaciones de conflicto que se dan en este tipo de operaciones y proteger los intereses económicos y financieros de los accionistas minoritarios, en particular con respecto a la moneda y forma de liquidación.

Entre las principales modificaciones se destacan:

-La incorporación de las definiciones de Oferta Pública de Adquisición (OPA), Obligatoria y Voluntaria, actuación concertada.

-El establecimiento de plazos acotados en las distintas etapas del procedimiento, fijando requisitos aplicables para la publicación del hecho relevante, del anuncio y del prospecto, la presentación de la solicitud de autorización a la CNV, el lanzamiento y liquidación de la OPA e información de resultados.

-La reglamentación de los tipos de informes relativos al precio equitativo a presentar para los supuestos de ofertas públicas por tomas de control y de otras ofertas públicas obligatorios.

-Disposiciones aplicables a los órganos de la sociedad, como la introducción de la posibilidad de presentar garantías sobre la oferta por parte de una entidad financiera extranjera, con sucursal o representación permanente en el país, y una entidad aseguradora fiscalizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

-Los requisitos de liquidez y pautas para la determinación del precio equitativo. El procedimiento a seguir en caso de objeción al precio y procedimiento de impugnación en caso de objeción del precio.

-Los supuestos de innecesariedad o de excepción al lanzamiento de las OPAs y las consecuencias del incumplimiento a la obligación de formular una Oferta Pública de Adquisición. Lo concerniente a las ofertas competidoras, entre otras modificaciones.

Por otro lado, también se adecúa la reglamentación de retiro del régimen de oferta pública y se precisan los supuestos de cancelación de la autorización de oferta pública.

La nueva normativa toma en cuenta la experiencia regulatoria de España y de la Comunidad Europea; así como las recomendaciones de organismos internacionales especializados. También ha tenido en cuenta diversos comentarios y propuestas recibidas de los participantes del proceso de Consulta Pública.

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