Se podrá abrir una cuenta en un banco desde una cafetería

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Hoy el Banco Central aprobó una norma que facilita el acceso de las personas al sistema bancario.

Los argentinos podrán abrir una cuenta bancaria desde una cafetería o cualquier tipo de comercio, según lo determinó hoy el Banco Central en un comunicado en el que destacó la aprobación d euna norma que facilita el acceso de las personas al sistema bancario.

El Central brindó los siguientes detalles:

 

•    La norma permite la realización de operaciones bancarias a través de agencias complementarias en cualquier lugar del país generalmente llamadas “corresponsalías bancarias.

•    Se podrán establecer a través de acuerdos entre los bancos y distintas redes de comercios o entidades –por ejemplo, estaciones de servicio, supermercados, farmacias o el correo-.

•    De esta manera las personas podrán tener una alternativa complementaria, simple y rápida para acceder a los servicios que presta un banco. Esto le permitirá a los usuarios, entre otras operaciones, abrir una cuenta, suscribir un plazo fijo, realizar sus pagos y obtener un préstamo donde habitualmente llevan a cabo actividades cotidianas.

•    Esta normativa favorecerá especialmente a quienes viven lejos de sucursales bancarias y se enmarca en un objetivo permanente de lograr una mayor inclusión financiera.

•    Las experiencias internacionales -en países como Perú, Ecuador, México, Colombia y Brasil- han demostrado que a través de esta herramienta se logan abrir nuevos canales de acceso al sistema financiero. Las corresponsalías minimizan los costos de transacción, maximizan la intermediación financiera y promueven la formalización de la economía.

•    La apertura de estos puntos también permitirá mejorar los procesos de pago de las más de 14 millones de prestaciones que ANSES realiza todos los meses, en muchos casos en zonas en las cuales se dificultan las opciones de acceso al sistema bancario por falta de sucursales de los agentes pagadores.

•    La norma también establece las condiciones bajo las cuales deberán actuar las corresponsalías bancarias, estableciendo claramente que la responsabilidad por las actividades de las mismas permanece sobre los bancos e incluyendo el cumplimiento de las normas mínimas de seguridad y los demás requisitos que aseguran que la prestación de los servicios bancarios sea realizada en forma adecuada y transparente

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