ARCA ajustó el régimen de ingreso del IVA para operaciones en plataformas digitales

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La actualización busca precisar el alcance operativo del régimen y ordenar la recaudación del impuesto en transacciones electrónicas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios realizadas a través de plataformas digitales, según establece la Resolución General 5794/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Los cambios actualizan y redefinen aspectos de la Resolución General 5319, con el objetivo de clarificar quiénes están alcanzados, cómo deben determinar el impuesto y qué procedimientos deben aplicar intermediarios y proveedores que operan en entornos electrónicos.

Qué cambia con la nueva resolución

  • El régimen alcanza a todas las operaciones concertadas electrónicamente mediante plataformas que ofrezcan, publiciten o intermedien bienes y servicios.

  • Los sujetos obligados deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos de ARCA para garantizar trazabilidad, verificación y cumplimiento fiscal.

  • Las plataformas digitales deberán aplicar los mecanismos de percepción o ingreso del IVA según los criterios definidos en el anexo técnico.

  • El anexo establece los parámetros metodológicos y fórmulas de cálculo para determinar el impuesto en operaciones electrónicas.

Objetivo del ajuste

ARCA explicó que la actualización forma parte de una adecuación normativa destinada a reorganizar y modernizar los regímenes de percepción vinculados a actividades sujetas a intermediación digital, en línea con sus facultades de fiscalización y control.

La medida ya fue comunicada a las áreas de control fiscal y comenzará a regir en la fecha prevista en el anexo técnico, según las disposiciones que regulan la operatividad tributaria en entornos electrónicos.

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