La actualización busca precisar el alcance operativo del régimen y ordenar la recaudación del impuesto en transacciones electrónicas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios realizadas a través de plataformas digitales, según establece la Resolución General 5794/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Los cambios actualizan y redefinen aspectos de la Resolución General 5319, con el objetivo de clarificar quiénes están alcanzados, cómo deben determinar el impuesto y qué procedimientos deben aplicar intermediarios y proveedores que operan en entornos electrónicos.
Qué cambia con la nueva resolución
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El régimen alcanza a todas las operaciones concertadas electrónicamente mediante plataformas que ofrezcan, publiciten o intermedien bienes y servicios.
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Los sujetos obligados deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos de ARCA para garantizar trazabilidad, verificación y cumplimiento fiscal.
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Las plataformas digitales deberán aplicar los mecanismos de percepción o ingreso del IVA según los criterios definidos en el anexo técnico.
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El anexo establece los parámetros metodológicos y fórmulas de cálculo para determinar el impuesto en operaciones electrónicas.
Objetivo del ajuste
ARCA explicó que la actualización forma parte de una adecuación normativa destinada a reorganizar y modernizar los regímenes de percepción vinculados a actividades sujetas a intermediación digital, en línea con sus facultades de fiscalización y control.
La medida ya fue comunicada a las áreas de control fiscal y comenzará a regir en la fecha prevista en el anexo técnico, según las disposiciones que regulan la operatividad tributaria en entornos electrónicos.
