La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el régimen de información sobre movimientos de activos virtuales y cuentas digitales, y fijó nuevos umbrales mínimos a partir de los cuales las operaciones deberán ser reportadas al organismo.
La medida impacta en usuarios de billeteras virtuales, criptomonedas y plataformas digitales, y alcanza a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) y a las entidades que operan cuentas por cuenta y orden de terceros, tanto en Argentina como en el exterior.
A quiénes alcanza la nueva obligación
El régimen incluye a:
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PSP que ofrecen cuentas de pago
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Plataformas que administran o procesan activos digitales o criptomonedas
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Entidades que operan por cuenta de terceros, sean residentes o no residentes
Los sujetos obligados deberán informar a ARCA:
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Altas, bajas y modificaciones de cuentas
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Montos totales de ingresos y egresos mensuales
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Saldo final al cierre de cada período
La información deberá discriminar saldos en pesos, moneda extranjera y activos digitales, que se convertirán a pesos según la cotización tipo comprador vigente al cierre del mes informado.
Desde qué monto se reportan los movimientos
La Resolución General 5804/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece umbrales mínimos diferenciados según el tipo de contribuyente:
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Personas humanas:
Se informará cuando los ingresos, egresos o saldos mensuales sean iguales o superiores a $50.000.000. -
Personas jurídicas:
El monto mínimo para que la información sea reportada es de $30.000.000.
Si no se superan esos valores, los movimientos no se informan automáticamente a ARCA.
Transferencias a terceros: el dato clave
La norma incorpora un control adicional:
cuando una transferencia hacia o desde terceros supere el 5% del umbral establecido para personas humanas, deberá informarse:
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La CBU o CVU de origen y destino
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El tipo de operación realizada (transferencia, préstamo, rendimiento, etc.)
Además, las entidades deberán identificar a los titulares de las cuentas con CUIT, CUIL o CDI y detallar el carácter de cada movimiento.
Desde cuándo rige la medida
Las adecuaciones técnicas comenzarán a aplicarse a las declaraciones juradas cuyos vencimientos operen desde mayo de 2026.
Según ARCA, la actualización busca simplificar trámites administrativos, mejorar la calidad de la información y adaptarse a la evolución del sistema financiero digital.
