El Banco Central (BCRA) dispuso nuevas restricciones para los directivos, accionistas y sus familiares dentro del sistema financiero. A través de la Comunicación A 8332, las entidades financieras y operadores de cambio deberán exigir una declaración jurada a estos clientes cada vez que compren dólares.
La medida establece que quienes se encuentren alcanzados por esta norma no podrán operar con títulos valores con liquidación en moneda extranjera por un plazo de 90 días a partir de la compra de divisas.
¿A quiénes alcanza la restricción?
El alcance de la medida incluye a:
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Accionistas que posean, directa o indirectamente, al menos el 5% del capital social o de los votos de una entidad financiera.
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Directores o autoridades equivalentes de bancos locales o responsables de sucursales de entidades financieras del exterior.
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Síndicos o integrantes del Consejo de Vigilancia.
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Gerentes o funcionarios de rango equivalente o superior.
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Además, la prohibición se extiende a sus cónyuges, convivientes registrados y familiares hasta segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad.
Qué implica la medida del BCRA
Con esta resolución, el Banco Central busca evitar maniobras especulativas de quienes ocupan cargos de decisión o poseen participación significativa en entidades financieras. En concreto, se busca impedir que compren dólares en el mercado oficial y luego los utilicen para operaciones con bonos y títulos con liquidación en moneda extranjera.
La norma rige desde este viernes y se suma a las diferentes restricciones que ya existen sobre el acceso al mercado de cambios para personas físicas y jurídicas.