El Gobierno reasignó partidas del Presupuesto 2025: más fondos para sueldos, subsidios y servicios esenciales

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A través de un DNU, el Ejecutivo amplió gastos para garantizar el funcionamiento del Estado y exigirá a organismos públicos invertir excedentes en deuda pública.

El Gobierno nacional modificó el Presupuesto 2025 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 425/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial. La medida busca reforzar partidas clave como salarios estatales, subsidios, gastos operativos y equipamiento.

La decisión se apoya en la emergencia pública vigente hasta diciembre, tal como establece el DNU 70/2023 y la Ley Bases recientemente aprobada.


¿Por qué se reasignaron fondos?

El Ejecutivo justificó la medida ante la necesidad de garantizar el cumplimiento de servicios esenciales, evitando la interrupción de funciones básicas del Estado. El texto oficial advierte que no realizar esta adecuación “pondría en riesgo el funcionamiento de áreas sensibles”.

La reasignación presupuestaria incluye:

  • Refuerzo de gastos en personal y salarios.

  • Fondos para funcionamiento, equipamiento e infraestructura estatal.

  • Créditos para subsidios, becas, compensaciones y transferencias.


Inversión obligatoria de excedentes en deuda pública

Otra novedad del decreto es que los organismos del sector público nacional deberán invertir sus excedentes transitorios de liquidez en Títulos Públicos o Letras del Tesoro, siempre que no afecten sus operaciones principales.

Esta medida excluye a:

  • Bancos públicos

  • El Poder Judicial

  • El Poder Legislativo

  • El Ministerio Público

Además, deberán reportar mensualmente a la Secretaría de Hacienda la evolución de sus fondos, proyecciones de caja y estado de inversiones, salvo los organismos que depositan el 100% de sus disponibilidades en la Cuenta Única del Tesoro.


Prórroga de pensiones graciables por 10 años

El DNU también extendió por una década las pensiones otorgadas por leyes especiales, como la Ley 13.337 y sus modificatorias. Para mantener el beneficio, los titulares no deberán:

  • Ser propietarios de inmuebles con valor fiscal mayor a $7 millones.

  • Tener lazos familiares con el legislador que solicitó la pensión.

  • Percibir ingresos mayores al haber mínimo garantizado.

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