El Gobierno publicó este lunes en el Boletín Oficial el decreto que elimina de manera transitoria las retenciones a una amplia lista de productos del agro y de la industria alimenticia. La medida estará vigente hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta que se inscriban exportaciones por USD 7.000 millones, lo que ocurra primero.
El objetivo oficial es incentivar la liquidación de divisas, aumentar la oferta de dólares en el mercado y mejorar la competitividad de las exportaciones argentinas.
A continuación, el listado completo de productos alcanzados por retenciones cero:
Cereales
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Trigo duro (para siembra y para consumo)
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Otros trigos (para siembra y para consumo)
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Cebada cervecera (tostada y sin tostar)
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Otras cebadas
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Maíz (para siembra, duro y demás variedades)
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Sorgo (excepto para siembra)
Productos de molienda
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Harina de trigo y de maíz
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Otras harinas de cereales
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Sémolas y semolinas de trigo y maíz
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Otras sémolas y semolinas de cereales
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Granos de maíz aplastados o en copos
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Germen de cereales
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Malta (tostada y sin tostar, en grano y en harina)
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Féculas de trigo y de maíz
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Gluten de trigo
Semillas y frutos oleaginosos
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Habas de soja (para siembra y consumo)
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Semillas de girasol (excepto para siembra)
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Harina de soja
Grasas y aceites
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Aceite de soja (en bruto y refinado, en diferentes envases)
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Aceite de girasol (en bruto y refinado)
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Aceite de maíz (en bruto y refinado)
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Grasas y aceites vegetales y animales hidrogenados
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Grasas y aceites vegetales modificados
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Margarina (excepto líquida)
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Grasas y aceites vegetales para untar
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Otras preparaciones comestibles de grasas y aceites
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Aceites y grasas vegetales para uso industrial (no alimenticio)
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Otros aceites y grasas vegetales
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Glicerina (en bruto y purificada)
Azúcares y derivados
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Glucosa en polvo (con bajo contenido de fructosa)
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Glucosa en solución
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Jarabes de glucosa con distintos niveles de fructosa
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Fructosa pura
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Jarabes de fructosa (con más de 50% y más de 90% de contenido de fructosa)
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Otros azúcares, jarabes y sucedáneos de la miel
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Alimentos infantiles a base de harinas y almidones
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Preparaciones alimenticias diversas
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Concentrados proteicos y proteínas texturadas
Residuos de la industria alimentaria y alimentos para animales
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Salvados, moyuelos y residuos de molienda (trigo, maíz y leguminosas)
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Residuos del almidón de maíz
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Tortas y residuos de la extracción de aceites (soja, girasol y otros vegetales)
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Materias vegetales para alimentación animal
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Alimentos para perros y gatos
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Preparaciones para alimentación animal (a base de pescado, leche, cereales, oleaginosas, subproductos azucareros y otras materias vegetales)
Productos químicos y biocombustibles
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Sorbitol
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Lecitinas y derivados
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Gluten de maíz
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Biodiésel y mezclas (con bajo contenido de petróleo)
Claves de la medida
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Vigencia: hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta alcanzar USD 7.000 millones en exportaciones registradas.
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Objetivo: estimular el ingreso de dólares y mejorar la competitividad exportadora.
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Impacto: alcanza a granos, harinas, aceites, subproductos, alimentos balanceados y biocombustibles.