La exención quedó establecida en la Resolución General 5822/2026 y se enmarca en la implementación del régimen de Inocencia Fiscal y el esquema simplificado de Ganancias.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) profundizó los cambios regulatorios vinculados al régimen de Inocencia Fiscal y confirmó que los intereses obtenidos por depósitos en moneda extranjera no estarán alcanzados por retenciones del impuesto a las Ganancias.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución General 5822/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca adecuar la normativa vigente al nuevo régimen simplificado del tributo, con el objetivo de incentivar la formalización de ahorros y activos financieros.
Desde el organismo señalaron que la medida apunta a facilitar el ingreso de fondos al sistema financiero, fortaleciendo los mecanismos de identificación y trazabilidad, y reduciendo los desincentivos impositivos para quienes decidan bancarizar sus dólares.
De este modo, los contribuyentes que opten por adherir al régimen podrán invertir en depósitos en moneda extranjera con la garantía de que los intereses generados no sufrirán retenciones fiscales, un punto central del esquema de Inocencia Fiscal impulsado por el Gobierno.
