La reforma laboral que el Gobierno de Javier Milei envió al Congreso incorpora un paquete de incentivos fiscales y reducciones tributarias orientado a promover la formalización del empleo, estimular nuevas inversiones y reducir la carga impositiva sobre los trabajadores y empresas.
El proyecto combina beneficios transitorios y permanentes, con foco en PyMEs y en la regularización de relaciones laborales no declaradas.
Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL)
El RIFL establece contribuciones patronales reducidas al 2% y 3% durante los primeros 48 meses de cada nueva relación laboral. El beneficio regirá por un año desde la entrada en vigencia del régimen y está dirigido a emplear trabajadores que:
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No tuvieran relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
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Estuvieran desempleados en los últimos seis meses previos al alta laboral.
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Estuvieran inscriptos en el Monotributo.
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Hubieran trabajado previamente en el sector público nacional, provincial, municipal o de CABA.
El objetivo central es acelerar la creación de empleo formal y ampliar la base de aportantes.
Promoción del Empleo Registrado (PER)
El programa PER apunta a la regularización del empleo no registrado mediante condonaciones y beneficios fiscales. El esquema incluye:
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Extinción de sanciones, deudas y acciones penales vinculadas a la falta de registración.
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Condonación de hasta 70% de deuda por aportes y contribuciones.
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Reconocimiento previsional de hasta 60 meses a los trabajadores incorporados.
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Parámetros específicos para planes de pago y baja automática del empleador del REPSAL.
Este mecanismo busca incentivar la formalización de relaciones laborales deficientes, reducir litigiosidad y ampliar cobertura previsional.
Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
El RIMI ofrece amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA para inversiones productivas, tanto de PyMEs nacionales como extranjeras. El objetivo es dinamizar la actividad productiva, fortalecer cadenas de valor y generar empleo.
Se consideran inversiones productivas las destinadas a:
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Adquisición, elaboración o fabricación de bienes muebles nuevos amortizables (excepto automóviles).
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Obras directamente vinculadas a actividades productivas.
Quedan excluidas las inversiones en activos financieros, bienes de portfolio y bienes de cambio.
Los montos mínimos a invertir durante los dos primeros años del régimen son:
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Microempresas: US$150.000
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Pequeñas empresas: US$600.000
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Medianas tramo 1: US$3.500.000
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Medianas tramo 2: US$9.000.000
Reducciones tributarias para empresas y trabajadores
El proyecto incluye recortes impositivos de impacto directo en el costo laboral y en la rentabilidad:
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Aportes a obras sociales: baja del 6% al 5%.
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Contribuciones patronales: nuevas alícuotas generales del 17,40% (servicios y comercio grandes) y 15% para el resto.
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Impuesto a las Ganancias corporativo: reducción de escalas del 30% al 27% y del 35% al 31,5%.
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Impuestos internos: eliminación para seguros, telefonía celular, objetos suntuarios, vehículos, embarcaciones y aeronaves.
