La CNV creó hoy el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales

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A partir de hoy los interesados deberán ingresar los datos personales requeridos para poder operar en el mercado.

La Comisión Nacional de Valores informa la creación del Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), mediante la RG N° 994 publicada hoy en el Boletín Oficial.

A partir de hoy los interesados deberán ingresar los datos personales requeridos para poder operar en el mercado.

La reglamentación tiene por finalidad identificar a las personas humanas y jurídicas que proveen en el país servicios relativos a criptoactivos, actividad definida en el artículo 4° Bis de la Ley 25.246.

Asimismo, se da cumplimiento a la Recomendación 15 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la reciente aprobación de la Ley N° 27.739 que reforma la Ley N° 25.246 de Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

“Hemos trabajado a contrarreloj para avanzar en el cumplimiento de la Ley N° 25.246 que reforma el Sistema Normativo Nacional de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) y presentar hoy la creación del registro PSAV antes de que finalice la visita del GAFI al país y teniendo en cuenta su recomendación sobre el tema”, declaró el presidente de la CNV, Roberto E. Silva.

En este sentido dijo que “damos inicio al proceso de registro de proveedores de servicios de activos virtuales”, y destacó que “quienes no estén registrados, no podrán operar en el país”.

La RG N° 994 señala que, a los fines de solicitar su registro, los interesados deberán ingresar en el sitio web del organismo para brindar la información y documentación allí requerida.

El registro comprende a todos quienes utilicen páginas web, redes sociales u otros medios, direccionando su oferta y/o publicidad a sujetos residentes en la República Argentina, que tengan un cierto volumen de operaciones en el país o que utilicen cualquier tipo de tecnología para recibir localmente fondos de residentes en el mismo.

Esta nueva normativa marca el inicio del ejercicio de las facultades otorgadas a la CNV por la Ley N° 27.739.

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