Un informe del BID analizó las regulaciones para el funcionamiento de criptomonedas en la región

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La investigación fue elaborada por Proyecto DIDI, una iniciativa de BID Lab y la ONG Bitcoin Argentina. Cuáles fueron los principales resultados.

De acuerdo a un informe presentado por Proyecto DIDI (Identidad Digital para la Inclusión), impulsado por el laboratorio de innovación del Grupo BID (BID Lab) y la ONG Bitcoin Argentina, el impulso al desarrollo de iniciativas en torno a la identidad digital, la tecnología blockchain y los criptoactivos, podría beneficiarse de revisiones normativas que generen condiciones más propicias, tal como sucede en otros países del mundo.

La investigación, titulada “Regulación de blockchain e identidad digital en América Latina”, fue publicada como parte de la serie de publicaciones bajo el nombre “El futuro de la identidad digital” apoyadas por BID Lab y LACChain, la Alianza Global para el desarrollo de blockchain en América Latina y el Caribe. El informe, que supone el primer trabajo publicado en la materia, da cuenta de los marcos regulatorios en la región y analiza estrategias para mejorar las condiciones legales para la implementación de proyectos de esta índole.

“Proyecto DIDI ha desarrollado e implementado el primer modelo de identidad digital auto-soberana de América Latina basado en blockchain con el objetivo de disminuir la asimetría informativa que afecta a personas que se desenvuelven en entornos de informalidad dificultando su acceso a bienes y servicios de calidad. Dada la posibilidad de expandir y trasladar este proyecto a otros países de la región, trabajamos en la elaboración de este informe que busca dar cuenta del estado de situación legal y elaborar una serie de líneas de trabajo posibles para el impulso de este tipo de programas”, afirmó Javier Madariaga, director de Proyecto DIDI.

Y agregó: “En este sentido, reconocemos la necesidad de revisar y mejorar los marcos normativos en la región de manera que sea posible aprovechar las oportunidades que los avances tecnológicos ofrecen para prosperar en el empoderamiento de las personas en condiciones de vulnerabilidad. Queremos que este documento sirva de insumo para que los hacedores de política puedan tomar decisiones a partir de información fehaciente en resoluciones que contribuyan a una sociedad con mayor inclusión”.

Asimismo, Erika Molina, Especialista BID Lab, remarcó que el trabajo de investigación significa “un aporte sumamente valioso para la implementación y el desarrollo de proyectos que, como DIDI, buscan mejorar las condiciones de vida de los habitantes de barrios vulnerables”. En este sentido, subrayó que “la consolidación de identidades digitales confiables y relevantes contribuyen a la inclusión social y financiera de las personas. Es importante resaltar que, con este modelo de identidad digital auto-soberana, la administración pública sigue asumiendo el rol central en la identificación de personas, pero ahora estas pueden tener control sobre sus credenciales digitales y una mayor garantía sobre la privacidad de sus datos.”

En Argentina, de acuerdo al informe, “todos los datos personales de una persona forman parte de su identidad”. Dada la ley de Protección de Datos Personales, “la persona física es dueña de los mismos”. Asimismo, según la ley de Firma Digital, “no hay inconvenientes en el uso de documentos electrónicos para la preservación de atributos de la identidad de cada usuario que se basen en los estándares de Identificadores Descentralizados (DIDs) y Credenciales Verificables (VCs) desarrollados por el W3C”. Estos puntos se alinean con los objetivos de una identidad digital auto-soberana.

Con respecto a la tecnología blockchain, la investigación destaca que en el país no existe hoy en día “una regulación omnicomprensiva”, y remarca que “la única regulación existente está dada por el Decreto 182/2019”, cuyo apartado vinculado a este tipo de tecnología tiene pendiente su reglamentación. En una situación similar se encuentran los contratos inteligentes. Si bien el Decreto 182/2019 incluye dentro de su normativa la gestión de este tipo de contratos, “este punto aún carece de normativa reglamentaria para comprender sus alcances”.

Sobre las criptomonedas, como Bitcoin, por ejemplo, el informe da cuenta de que “existen diferentes regulaciones” pero estas no presentan uniformidad en la terminología empleada.  Por fuera de la Resolución No 300/2014, “no hay una clasificación general de los criptoactivos” a la que se pueda recurrir, “lo cual no contribuye a unificar y clarificar los diferentes términos usados por la normativa”. La investigación agrega que este tipo de activos “no podrían ser subsumidos en el concepto de moneda, ni nacional ni extranjera” y que, siguiendo la resolución antes citada, es posible considerar a las criptomonedas como medios de pago “en las operaciones comerciales de las personas de aceptación voluntaria”. Por último, afirma que, a pesar de que “que actualmente no existen regulaciones en Argentina sobre el dinero electrónico, un criptoactivo emitido a partir de la entrega de pesos argentinos puede ser considerado dinero electrónico”.

“Regulación de blockchain e identidad digital en América Latina” tiene como investigador principal a Andres Chomzyck, quien trabajó junto a Javier Madariaga, Director de Proyecto DIDI en la ONG Bitcoin Argentina, Erika Molina, Especialista de BID Lab, y Marcos Allende Lopez, Especialista del BID y Líder de Tecnología de LACChain. El trabajo analiza también la situación legal en Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Además, incluye observaciones sobre otras jurisdicciones que en la actualidad también trabajan en la implementación de soluciones de identidad digital.

 

 

 

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