El Central endurece control de cambios: qué dice la nueva norma que ataca el “Contado con Liqui”

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La autoridad monetaria emitió la Comunicación A 6799 que obliga a tener títulos públicos cinco días en cartera antes de ser liquidados contra dólares en el exterior.

La tenencia mínima de títulos públicos en cartera será de cinco días antes de realizar una transferencia al exterior mediante operaciones de Contado con Liquidacion (CCL), de acuerdo con una nueva norma del Banco Central que endureció los controles cambiarios.

“Cuando las personas humanas adquieran títulos valores mediante liquidación en moneda extranjera, los mismos deberán permanecer en la cartera del comprador por un periodo no menor a 5 días hábiles a contar desde la fecha de liquidación de la operación, antes de ser vendidos o transferidos a otras entidades depositarias”, explicó el Central en la comunicación A 6799.

Este plazo mínimo de tenencia no será de aplicación cuando la venta de los títulos valores sea contra la misma jurisdicción de liquidación que la compra.

Además, la entidad que preside Guido Sandleris establece que las personas humanas que transfieran divisas desde sus cuentas locales en moneda extranjera a cuentas bancarias propias en el exterior deben presentar una declaración jurada de que no han efectuado venta de títulos valores con liquidación local en moneda extranjera en los últimos 5 días hábiles.

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