Hasta 100.000 dólares, hipotecarios y vivienda única: qué dice la norma del Central sobre la compra de inmuebles

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El Banco Central habilitó esta noche la operatoria mediante la Comunicación A 6787. los detalles. Qué pasará con los codeudores.

El Banco Central limitó a 100.000 dólares la compra de divisas para la adquisición de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, siempre que se trate de fondos provenientes de créditos hipotecarios.

De acuerdo con la Comunicación A 6787 publicada esta noche, los siguientes son los requisitos para acceder a esa cantidad de divisas:

1 – se trate de fondos provenientes de préstamos hipotecarios otorgados por entidades financieras locales.

2- en caso de existir codeudores, el acceso se registre en forma individual a nombre de cada persona humana por hasta el monto prorrateado que les corresponda.

3 – Considerando el total de los codeudores el acceso se realiza por hasta el monto del préstamo o el equivalente a 100.000 dólares estadounidenses, el monto que resulte menor.

4 – Cada codeudor firme una declaración jurada en la cual se compromete a no adquirir activos externos por los conceptos enunciados en el punto 6 de la Comunicación “A” 6770, dentro de los límites que le resulten aplicables, por el tiempo que resulte necesario hasta completar el monto adquirido bajo el presente régimen.

5 – El total de los fondos destinados a la compra, tanto en moneda local como en moneda extranjera sean depositados o transferidos simultáneamente a una cuenta en una entidad financiera a nombre del vendedor de la propiedad.

6 – Se considerará cumplido el requisito previsto en el punto 5 para los pagos imputados a la compra que se demuestre que fueron realizados con anterioridad a la vigencia de esta disposición o que correspondan a pagos de hasta el equivalente a US$ 1.000 (un mil dólares estadounidenses) realizado en concepto de reserva de la propiedad.

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