Los depósitos a plazo fijo, ON y FCI en pesos no estarán alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales

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La eliminación es para todos los vehículos de inversión minorista: caja de ahorro, plazo fijo, ON y FCI.

Los depósitos a plazo fijo, las Obligaciones Negociables y los Fondos Comunes de inversión (FCI), todos denominados en pesos, no estarán alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales.

Precisamente, La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que eliminó el requisito que exigía una cantidad mínima de días en el año para la exención en bienes personales.

La eliminación es para todos los vehículos de inversión minorista: caja de ahorro, plazo fijo, ON y FCI.

El artículo 2 del proyecto detalla que no se aplicará el tributo sobre:

  • Las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional que cumplan con los requisitos del artículo 36 de la ley 23.576 y sus modificatorias;
  • Los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo nacional, siempre que así lo disponga la norma que los regule;
  • Las cuotapartes de fondos comunes de inversión comprendidos en el artículo 1° de la ley 24.083 y sus modificatorias, y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros constituidos en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores, y cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un porcentaje a determinar por la reglamentación.

“Apareció en las últimas horas una discusión sobre el artículo tercero del proyecto de régimen de promoción del ahorro en pesos, y hable entonces con el presidente de nuestro bloque (Frente de Todos) –Máximo Kirchner-, con diferentes referentes de la oposición y acordamos que vamos a eliminarlo”, señaló Sergio Massa, el titular de la Cámara en una conferencia de prensa realizada en el Salón de los Pasos Perdidos, antes de la votación.

Massa remarcó que “para evitar que se generen suspicacias, en lo que tiene que ver con los plazos fijos, el periodo, todo eso; en la medida de las posibilidades y respetando el principio de equilibrio fiscal, decidimos que aquellos que tienen algún instrumento de ahorro que lo puedan hacer en pesos, no paguen ese impuesto”.

El artículo tercero del proyecto, que finalmente será eliminado decía que “(…) resultarán de aplicación –del Impuesto- en la medida en que dichos bienes o depósitos permanezcan en su patrimonio, como mínimo, el setenta y cinco por ciento (75 %) de los días –contados en forma continua o discontinua– del año calendario correspondiente al período fiscal por el que se declaran”.

Con esa redacción, el proyecto buscaba aplicar el requisito temporal que para mantener la exención los plazos fijos debían permanecer como mínimo 274 días al año (el mencionado 75 por ciento)

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