Prórroga de la AFIP para adelanto de bienes personales en el exterior y extensión de feria fiscal

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Lo hizo a través de las resoluciones generales 4691 y 4692/2020 publicadas hoy en el Boletín Oficial

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) convalidó la prórroga hasta el 6 de mayo próximo para pagar el adelanto sobre bienes personales en el exterior y la extensión de la feria fiscal hasta el 12 de abril, a través de las resoluciones generales 4691 y 4692/2020 publicadas hoy en el Boletín Oficial.

En la primera de ellas prorrogó hasta el 6 de mayo el plazo máximo para realizar el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas humanas que posean activos en el exterior, sujetos al tributo correspondiente a 2019.

Con el objetivo de que los responsables del impuesto cuenten con un mayor período de tiempo para evaluar, analizar y adoptar la decisión que estimen más conveniente, el Gobierno extendió hasta el 30 de abril la fecha límite para ingresar los activos al sistema financiero local.

La Resolución General de la AFIP no modifica el esquema de alícuotas para el anticipo, y el monto a ingresar está determinado como un porcentaje que se ubica entre 0,1% y 0,5% del total de los bienes declarados en el exterior.

En la segunda resolución, la AFIP extendió la feria fiscal hasta el 12 de abril inclusive, y aclaró que esta medida no implica modificación, ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.

Durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio se mantendrá así la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.

La AFIP advirtió que la medida no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.

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