Uno a uno, los detalles del plan de estímulo a la construcción y el alivio impositivo para las hipotecas

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El Gobierno anunció que enviará un proyecto de ley que crea estímulos fiscales a la construcción. Además, eleva a más de 80.000 pesos la deducción de intereses para créditos hipotecarios.

El Gobierno Nacional anunció que en los próximos días presentará un proyecto de ley para estimular la industria de la construcción, el desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios, y un alivio fiscal para los tomadores de créditos hipotecarios.

El proyecto de ley crea estímulos fiscales por 24 meses para impulsar la construcción, una de las actividades más dinámicas de la economía.

El proyecto consiste en cambios en la ley de impuesto a las Ganancias, la ley de impuesto al valor agregado (IVA) y del impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios (ICDB).

Además, se invita a las provincias a adherir con modificaciones en los impuestos provinciales, y a los municipios a través de las tasas municipales.

Este conjunto de medidas surge en parte de diversas propuestas discutidas en la Mesa de la Construcción y generan un fomento a la construcción y al acceso a la vivienda. Además de estimular la actividad de la construcción e inmobiliaria, y del empleo en estos sectores, se espera un impacto en toda la economía a partir de las múltiples actividades vinculadas con el sector de la construcción en la industria, el transporte y los servicios.

Efectivamente, la construcción representa cerca de 5% del PBI y casi 9% del empleo privado registrado, superando los 400.00 puestos de trabajo registrado.

A continuación se detallan las medidas incluidas en el proyecto de ley.

Impuesto a las Ganancias

Actualización de costos y reinversión en nuevos proyectos.

Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos.

Los proyectos inmobiliarios tienen la característica de ser a mediano o largo plazo. Por ello, las inversiones quedan desactualizadas al momento de la venta, lo que ocasiona que se determine un impuesto sobre valores nominales.

B. Actualización de costos a través de revalúo impositivo.

Otra alternativa es hacer uso del revalúo para el impuesto a las ganancias. Esto consiste en actualizar el costo de la inversión pagando un impuesto del 15% sobre el valor actualizado que podrá ser cancelado en forma diferida.

C. Reinversión en fondos de objeto inmobiliario.

Para las ganancias realizadas por ventas de inmuebles se incorpora la posibilidad de diferir el pago del impuesto a condición de que se reinvierta en Fondos Comunes de Inversión o en Fideicomisos financieros, con objeto inmobiliario y oferta pública. De esta manera, se estimula la inversión en el sector inmobiliario a través del mercado de capitales doméstico.

D. Deducción de intereses por créditos hipotecarios

Hace casi 20 años que no se actualiza la deducción en el impuesto a las ganancias de los intereses vinculados a créditos hipotecarios, cuyo tope es actualmente de $20.000 anuales. El proyecto propone elevar a más de cuatro veces el importe de la deducción y a su vez, que sea actualizable de forma automática. Este cambio producirá un efecto sustancial en el ahorro de todos aquellos que hayan tomado o sean tomadores futuros de créditos hipotecarios.

2. Ley de impuesto al valor agregado (IVA)

Las inversiones a largo plazo, como la realizada en los proyectos inmobiliarios, tienen la característica de generar acumulación de créditos fiscales por las compras de los bienes y servicios, lo que genera saldos a favor durante un tiempo prolongado, que recién pueden ser utilizados al momento de la venta del inmueble, al final del ciclo de inversión. Por ello, y para aliviar la necesidad de capital de trabajo de las nuevas construcciones, se posibilitará generar devoluciones por los créditos fiscales que se generen y no se hayan podido absorber dentro de un plazo de seis meses.

3. Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios (ICDB)

Para todo desarrollo inmobiliario nuevo, se permitirá el cómputo del 100% del ICDB contra el Impuesto a las Ganancias, que actualmente es del 33%. Así, se adelanta para esta actividad el proceso gradual dispuesto en la Reforma Tributaria que se inició en 2018 (este impuesto distorsivo desaparecerá para ser transformado en un adelanto del impuesto a las Ganancias).

4. Impuestos Provinciales y Tasas Municipales

Se invita a las provincias y municipios a reducir la carga fiscal para estos nuevos proyectos inmobiliarios.

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