Alquileres: la AFIP obliga a registrar los contratos desde el 1° de marzo

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Los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) podrán hacer el registro en representación de sus clientes.

La AFIP reglamentó el régimen de registración de contratos de locación de inmuebles previsto en la Ley 27.551.

La herramienta permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los sujetos intervinientes en distintas operaciones.

Los contribuyentes que asuman el carácter de locadores o arrendadores en los contratos quedan obligados a la registración de la operación.

Los intermediarios (corredores, inmobiliarias y escribanos) podrán hacer el registro en representación de sus clientes.

Entra en vigencia a partir del 1° de marzo.

Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.

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