La Comisión Nacional de Valores estableció que las transferencias bancarias serán el único mecanismo habilitado para el ingreso y egreso de dinero de los clientes. La medida revierte una flexibilización aplicada en mayo y tendrá impacto especialmente en las pymes.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó las reglas para el movimiento de fondos en el mercado de capitales y eliminó el uso de cheques como medio de ingreso y egreso de dinero de los clientes.
La decisión quedó formalizada este martes mediante la Resolución General 1166/2026, publicada en el Boletín Oficial, y establece que las transferencias bancarias serán la única modalidad habilitada para recibir y entregar fondos vinculados con las operaciones de los clientes.
La medida representa un cambio respecto de la flexibilización implementada en mayo, cuando se había habilitado nuevamente el uso de cheques a través de sociedades de bolsa.
Qué cambia con la nueva resolución de la CNV
A partir de la nueva normativa, el ingreso de fondos a las cuentas de los clientes deberá realizarse mediante:
- Transferencias desde cuentas bancarias a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente.
- Transferencias desde una CVU asociada a la CUIT del cliente, siempre que permita identificar y seguir el origen de los fondos.
- En el caso de operaciones provenientes de Proveedores de Servicios de Pago (PSP), deberá garantizarse la trazabilidad hasta la cuenta bancaria autorizada.
Para el egreso de fondos, los agentes deberán enviar el dinero hacia una cuenta bancaria a la vista del cliente o hacia su CVU, bajo los mismos requisitos de identificación y trazabilidad.
La obligación alcanza a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) independientemente de la categoría o modalidad operativa en la que estén registrados.
Por qué la CNV eliminó los cheques
La explicación oficial apunta a reforzar la seguridad y trazabilidad de las operaciones.
Según la CNV, el cambio busca asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos, evitar eventuales rechazos vinculados con cheques y fortalecer los mecanismos de control y prevención frente a posibles conductas irregulares.
La normativa recuerda que disposiciones anteriores ya habían eliminado el uso de efectivo para este tipo de operaciones y habían incorporado el cheque electrónico (ECHEQ), con un límite de dos pagos diarios por cliente mediante cheques de cualquier naturaleza.
La nueva regulación busca evitar posibles maniobras asociadas con ese esquema.
La prohibición, sin embargo, no alcanza a la negociación de cheques de pago diferido, que continúa formando parte de la operatoria del mercado de capitales.
El impacto sobre las pymes
Uno de los principales efectos de la modificación se concentra en las pequeñas y medianas empresas que utilizan cheques para financiarse o administrar su liquidez.
La flexibilización aplicada en mayo permitía utilizar el cheque como medio de pago a través de una sociedad de bolsa. Con la nueva resolución, las empresas deberán volver a depositar esos cheques en cuentas bancarias para poder disponer de los fondos dentro del circuito financiero.
Ese paso puede generar un costo adicional para las pymes debido a la incidencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria, conocido como Impuesto al Cheque.
El cambio se produce, además, en un contexto de caída de la recaudación de ese tributo. El ingreso por el Impuesto al Cheque registró bajas interanuales de 11% en junio, 6,3% en julio y 9% en agosto.
Si bien la CNV no vinculó oficialmente la modificación con la evolución de la recaudación, el cambio normativo vuelve a llevar las operaciones con cheques hacia el sistema bancario.
Qué podrán hacer los agentes que operan Fondos Comunes de Inversión
La resolución contempla algunas operaciones específicas para los agentes y personas jurídicas registrados ante la CNV que intervengan en la colocación de Fondos Comunes de Inversión (FCI) u otros Productos de Inversión Colectiva (PIC).
Estos participantes podrán realizar transferencias por cuenta y orden de sus clientes hacia cuentas bancarias a la vista pertenecientes a otros sujetos registrados, siempre que el dinero sea acreditado en la subcuenta correspondiente al mismo comitente.
Qué pasa con los inversores extranjeros
La normativa también establece un régimen particular para los inversores del exterior que estén alcanzados por procedimientos de debida diligencia especial de acuerdo con las normas de la Unidad de Información Financiera (UIF).
En estos casos, podrán enviar y recibir transferencias desde y hacia entidades reguladas por el Banco Central (BCRA) que actúen como custodios locales del inversor o de una entidad financiera o bancaria extranjera.
Las operaciones deberán contar con instrucciones específicas o permanentes y respetar las normas del BCRA para la liquidación de compraventas de títulos valores denominados en moneda extranjera.
Régimen especial para el sector agropecuario
La CNV también mantuvo un tratamiento específico para los ALyC I AGRO.
Estos agentes podrán recibir fondos de sus clientes vinculados con actividades de corretaje de granos, agropecuarias o agroindustriales desde cuentas bancarias específicas de la propia entidad destinadas a esas operaciones.
En estos casos deberán identificar tanto al originador como al beneficiario mediante CUIT, nombre y apellido, además de garantizar la trazabilidad de los fondos desde su origen.
La nueva regla para operar en el mercado de capitales
El cambio deja así un esquema más estricto para el movimiento de dinero entre los inversores y los agentes del mercado.
La transferencia bancaria pasa a ser la vía central para ingresar y retirar fondos, mientras que los cheques dejan de estar habilitados como mecanismo de pago dentro de esa relación.
La medida busca reforzar la trazabilidad y reducir los riesgos asociados con fondos rechazados o de origen difícil de identificar, pero también vuelve a trasladar a las empresas, especialmente a las pymes, parte de la operatoria de cheques al sistema bancario.
