El Tesoro coloca en forma directa $76.300 millones a Anses

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Lo dispuso mediante una resolución de las secretarías de Hacienda y Finanzas publicadas hoy en el Boletín Oficial. Emitió una Letra en pesos que paga tasa Badlar más 300 putos básicos, el mismo interés que durante la última colocación.

El Tesoro colocó en forma directa unos 76.300 millones de pesos a la Anses, en una Letra que pagará tasa Badlar más un margen de 300 puntos básicos, se informo hoy en el Boletín Oficial.

La Letra será suscripta por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) y tiene vencimiento en junio de 2020, con las siguientes condiciones financieras:

Fecha de emisión y suscripción: 26 de diciembre de 2019.

Fecha de vencimiento: 23 de junio de 2020.

Plazo: ciento ochenta (180) días.

Precio de suscripción: a la par.

Amortización: íntegra al vencimiento.

Intereses: devengará intereses a la tasa nominal anual equivalente a BADLAR PRIVADA más trescientos (300) puntos básicos. Los intereses serán pagaderos íntegramente al vencimiento y serán calculados sobre la base de los días efectivamente trascurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año (actual/actual). Si el vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago.

BADLAR PRIVADA: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos ($ 1.000.000) – BADLAR promedio bancos privados -, calculado considerando las tasas publicadas durante el período por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) desde diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de emisión hasta diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento.

Moneda de emisión, suscripción y pago: pesos.

Opción de cancelación anticipada: el suscriptor podrá disponer la cancelación anticipada de las Letras del Tesoro en forma total o parcial. Para el ejercicio de esta opción, el suscriptor deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía con una anticipación no menor a quince (15) días corridos.

Forma de Colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido en el decreto 668 del 27 de septiembre de 2019 (DNU-2019-668-APN-PTE).

Negociación: las Letras del Tesoro serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BCRA.

Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BCRA mediante transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de la cuenta de registro en esa institución.

Exenciones impositivas: gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

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